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HR 4405 IH LEY DE JUBILEO

HR 4405 IH

111º CONGRESO

1ra sesión

HR 4405

Prever una mayor responsabilidad en los préstamos y una mayor cancelación de las deudas de los países de bajos ingresos con los Estados Unidos y las instituciones financieras internacionales, y para otros fines.

EN LA CÁMARA DE REPRESENTANTES

16 de diciembre de 2009

 

La Sra. WATERS (por sí misma, el Sr. FRANK de Massachusetts, el Sr. BACHUS, la Sra. MALONEY, la Sra. BIGGERT, el Sr. GUTIERREZ, el Sr. PAYNE, la Sra. LEE de California, el Sr. CLEAVER y el Sr. WALDEN) presentó la siguiente proyecto de ley; que se remitió al Comité de Servicios Financieros

 

UNA FACTURA

 

Prever una mayor responsabilidad en los préstamos y una mayor cancelación de las deudas de los países de bajos ingresos con los Estados Unidos y las instituciones financieras internacionales, y para otros fines.

Sea promulgado por el Senado y la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América reunidos en Congreso,

SECCIÓN 1. TÍTULO BREVE.

 

Esta Ley puede ser citada como la 'Ley de Jubileo para el Préstamo Responsable y la Cancelación de Deuda Ampliada de 2009'.

 

SEGUNDO. 2. HALLAZGOS.

 

El Congreso encuentra lo siguiente:

(1)Muchos países de bajos ingresos han estado luchando bajo la carga de las deudas internacionales durante muchos años.

 

(2)Desde 1996, cuando se creó la Iniciativa para los Países Pobres Altamente Endeudados (HIPC, por sus siglas en inglés), más de 30 países han visto algún tipo de alivio de la deuda por un total de más de $100,000,000,000.

 

(3)El Congreso ha demostrado su apoyo al alivio de la deuda bilateral y multilateral mediante la promulgación de iniciativas integrales de alivio de la deuda para países de bajos ingresos muy endeudados en:

 

(A)el título V de la HR 3425 del 106º Congreso, promulgada como ley por la sección 1000(a)(5) de la Ley titulada 'Una Ley que hace asignaciones consolidadas para el año fiscal que finaliza el 30 de septiembre de 2000, y para otros fines', aprobada 29 de noviembre de 1999 (Ley Pública 106-113; 113 Stat. 1501-311) y las reformas hechas por dicho título;

(B)el título II de HR 5526 del 106º Congreso, promulgado como ley por la sección 101(a) de la Ley titulada "Una Ley que establece asignaciones para operaciones en el extranjero, financiamiento de exportaciones y programas relacionados para el año fiscal que finaliza el 30 de septiembre de 2001, y para otros fines”, aprobado el 6 de noviembre de 2000 (Ley Pública 106-429; 114 Stat. 1900A-5); y

(C)el título V de la Ley de Liderazgo contra el VIH/SIDA, la Tuberculosis y la Malaria de los Estados Unidos de 2003 (Ley Pública 108-25; 117 Stat. 747) y la enmienda realizada por dicho título.

(4)En 2005, Estados Unidos y otras naciones del G-8 llegaron a un acuerdo para proporcionar la cancelación del 100 por ciento de las deudas de las naciones pobres elegibles a los miembros del Club de París, el FMI, el Banco Mundial y el Banco Africano de Desarrollo. El Banco Interamericano de Desarrollo llegó a un acuerdo a principios de 2007 para brindar un tratamiento similar.

(5)El acuerdo de 2005 condujo a la creación de la Iniciativa de Alivio de la Deuda Multilateral (MDRI). Hasta agosto de 2009, 26 países han visto cancelada la mayoría de sus deudas con el FMI, el Banco Mundial y el Banco Africano de Desarrollo bajo los términos de la MDRI. En marzo de 2007, el Banco Interamericano de Desarrollo anunció que proporcionaría la cancelación total de la deuda a 5 países latinoamericanos en términos de MDRI.

 

(6)Los recursos liberados por los esfuerzos de alivio de la deuda hasta la fecha están llegando a los pobres. Camerún utilizó los $29.800.000 de ahorros que obtuvo de la MDRI en 2006 para las prioridades nacionales de reducción de la pobreza, incluidas las reformas de infraestructura, sector social y gobernanza. Uganda usó sus ahorros de $57,900,000 en 2006 para mejorar la infraestructura energética para tratar de aliviar la aguda escasez de electricidad, así como la educación primaria, el control de la malaria, la salud y la infraestructura de agua (específicamente dirigida a las aldeas pobres y desatendidas). Zambia utilizó sus ahorros de $23,800,000 bajo la MDRI en 2006 para aumentar el gasto en proyectos agrícolas, como el riego de pequeños agricultores y el control de enfermedades del ganado, así como para eliminar las tarifas de atención médica en áreas rurales.

 

(7)Si bien la cancelación de la deuda tiene un historial de éxito, queda una agenda inconclusa sobre la deuda internacional. Hay una serie de desafíos tanto para la reducción efectiva de la pobreza y la desigualdad como para el logro de una cancelación más amplia de la deuda.

(8)Una cuestión crítica que debe abordarse con respecto a la deuda es la forma en que los prestamistas no concesionarios pueden beneficiarse financieramente de los préstamos a los países pobres que se han beneficiado del alivio de la deuda sin haber pagado el alivio de la deuda en el pasado o enfrentando la perspectiva de pagar el alivio futuro. de nuevos préstamos insostenibles e irresponsables. En estos casos, los beneficios del alivio de la deuda de los países deudores pobres corren el riesgo de verse erosionados. Esto toma la forma de nuevos préstamos a países que han recibido la cancelación de la deuda de países como China.

(9)También es esencial que todos los prestamistas y prestatarios acepten la corresponsabilidad y aprendan de los errores del pasado, como lo demuestra la propia crisis de la deuda, tomando decisiones de inversión más productivas y participando en préstamos y préstamos más responsables en el futuro. En octubre de 2006, Noruega se convirtió en el primer acreedor en aceptar la corresponsabilidad por errores crediticios pasados y canceló la deuda de 5 naciones con el argumento de que los préstamos reflejaban una política de desarrollo deficiente.

(10)Un número creciente de gobiernos y organismos intergubernamentales, incluidos el Reino Unido, la Comisión Europea y Noruega, están expresando su preocupación por los efectos nocivos de ciertas condiciones de política económica. Muchos países empobrecidos que han recibido la cancelación de la deuda bajo las iniciativas HIPC y MDRI lo han hecho con un alto costo social, porque han tenido que implementar ciertas condiciones de política económica, incluida la privatización de servicios básicos esenciales como el agua, y cumplir con otras normas perjudiciales. requisitos Algunas de estas políticas han tenido el efecto de limitar el espacio fiscal para la inversión productiva y amenazar el crecimiento y el desarrollo humano. Varios países actualmente elegibles para la cancelación de la deuda bajo los programas HIPC o MDRI enfrentan demoras prolongadas para recibir la cancelación porque tienen dificultades para cumplir con dichos requisitos del FMI y el Banco Mundial.

(11)También existe una necesidad urgente de mirar más allá de las limitaciones de las iniciativas actuales de alivio de la deuda para abordar la necesidad de una mayor cancelación de la deuda. Las iniciativas actuales permiten a los países calificar para el alivio basado en criterios económicos en lugar de necesidades humanas. Un informe de enero de 2007 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas encontró que la elegibilidad para la cancelación de la deuda debe ampliarse para cubrir a todos los países de bajos ingresos.

(12)El Gobierno del Reino Unido ha propuesto que la calificación para la MDRI se extienda a las 67 naciones que califican para recibir asistencia exclusivamente de la Asociación Internacional de Fomento. Para ser elegible para la cancelación, los países deben cumplir con los criterios económicos relacionados con la gestión financiera pública, las medidas anticorrupción y la transparencia presupuestaria.

 

(13)Dado que la cancelación de la deuda es un componente esencial de la estrategia de asistencia para el desarrollo de Estados Unidos y que Estados Unidos ha sido capaz de liderar los esfuerzos de cancelación de deuda de la comunidad internacional con el ejemplo, Estados Unidos debe continuar trabajando para mejorar y expandir las iniciativas en esta área.

(14)Estados Unidos ha sido líder en el apoyo a los esfuerzos de alivio de la deuda hasta la fecha y debe continuar trabajando para mejorar y expandir las iniciativas en esta área.

SEGUNDO. 3. CANCELACIÓN DE LA DEUDA DE LOS PAÍSES DE BAJOS INGRESOS ELEGIBLES.

Se reforma el Título XVI de la Ley de Instituciones Financieras Internacionales (22 USC 262p--262p-8) agregándose al final lo siguiente:

SEGUNDO. 1626. CANCELACIÓN DE LA DEUDA DE LOS PAÍSES DE BAJO INGRESO ELEGIBLES.

(a)En General- El Secretario del Tesoro iniciará esfuerzos inmediatos, dentro del Club de París de Acreedores Oficiales, el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial) y las demás instituciones financieras internacionales (como se define en la sección 1701(c)(2)), para negociar un acuerdo para lograr lo siguiente:

(1)Cancelación por parte de cada institución financiera internacional de todas las deudas contraídas con la institución por países elegibles de bajos ingresos y, en la medida de lo posible, financiar la cancelación de la deuda de las operaciones, procedimientos y cuentas en curso de la institución, sin socavar la integridad financiera de La institución.

(2)Cancelación por parte de los Estados Unidos de todas las deudas que le deben los países elegibles de bajos ingresos.

(3)Asegurar que cualquier período de espera para la cancelación de la deuda mejorada no sea excesivo.

(4)Garantizar que la provisión de la cancelación de la deuda a los países elegibles de bajos ingresos no vaya seguida de una reducción en la provisión de cualquier otra asistencia para el desarrollo a los países por parte de instituciones financieras internacionales y acreedores bilaterales, o a otros países elegibles para recibir asistencia de la Asociación Internacional de Fomento .

(5)Alentar al gobierno de cada país elegible de bajos ingresos a asignar al menos el 20 por ciento de su presupuesto nacional a programas de alivio de la pobreza, como la provisión de servicios básicos de atención médica, servicios educativos y servicios de agua limpia para todas las personas del país.

Este inciso no se interpretará en el sentido de autorizar al Secretario de Hacienda a celebrar un acuerdo para llevar a cabo cualquiera de los anteriores sin autorización expresa del Congreso para hacerlo.

(b)Establecimiento de un Marco para la Transparencia de los Acreedores- El Secretario del Tesoro iniciará esfuerzos inmediatos, dentro del Club de Acreedores Oficiales de París, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y las demás instituciones financieras internacionales (tal como se definen), para asegurar que cada de las instituciones--

(1)continúa realizando esfuerzos para promover una mayor transparencia respecto de las actividades de la institución, incluidas las operaciones de crédito, donación, garantía y asistencia técnica, siguiendo una política de máxima divulgación; y

(2)apoya los esfuerzos continuos para permitir la participación informada y los aportes de las comunidades afectadas, incluida la traducción de información sobre los proyectos propuestos, el suministro de información (incluidos los borradores de documentos) a través de la aplicación de tecnología de la información, sesiones informativas orales y divulgación y diálogo con organizaciones e instituciones comunitarias en las áreas afectadas .

(C)Establecimiento de un Marco para Préstamos Responsables- El Secretario del Tesoro comenzará esfuerzos inmediatos para--

(1)Apoyar los esfuerzos internacionales para abordar los continuos desafíos asociados con los préstamos y los préstamos, y trabajar para garantizar la sostenibilidad de la deuda en el futuro, incluida la participación constructiva en iniciativas en curso, como los esfuerzos de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) para desarrollar un código de conducta para prestar y endeudarse responsablemente.

(2)Trabajar para garantizar que las necesidades de financiamiento externo de los países de bajos ingresos se satisfagan principalmente a través de subvenciones en lugar de nuevos préstamos.

(3)Trabajar dentro del FMI y el Banco Mundial para reformar el Marco de Sostenibilidad de la Deuda de los Países de Bajos Ingresos, incluido el establecimiento de entidades independientes, que deben estar compuestas por representantes de países individuales, acreedores, expertos académicos, la sociedad civil y otros expertos, para brindar supervisión y aportes a las evaluaciones de sostenibilidad de la deuda de los países.

(d)Auditoría de la GAO de carteras de deuda de países con préstamos cuestionables-

(1)EN GENERAL- El Contralor General de los Estados Unidos llevará a cabo una auditoría de las carteras de deuda de los gobiernos anteriores en países como la República Democrática del Congo y Sudáfrica, donde existe evidencia significativa de que se hicieron préstamos odiosos, onerosos o ilegales a el Gobierno. Cada una de dichas auditorías deberá--

(A)considerar la deuda con el Banco Mundial, el FMI y otras instituciones financieras internacionales (tal como se definen), las deudas de crédito a la exportación con los gobiernos y las deudas con los acreedores comerciales, y evaluar si las inversiones pasadas produjeron o no los resultados previstos;

(B)investigar el proceso por el cual se contrataron los préstamos, cómo se utilizaron los fondos y determinar si se violaron leyes estadounidenses o internacionales en la contratación de estos préstamos, y si alguno de los préstamos fue odioso u oneroso; y

(C)planificarse y ejecutarse de manera transparente y consultiva, involucrando a los órganos del Congreso y grupos de la sociedad civil en los países.

(2)INFORME- Dentro de los 2 años posteriores a la fecha de promulgación de esta sección, el Contralor General de los Estados Unidos preparará y presentará al Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes y al Comité de Relaciones Exteriores del Senado un informe que contenga los resultados de las auditorías realizadas conforme al párrafo (1).

(mi)Informe del Contralor General: dentro de 1 año a partir de la fecha de promulgación de esta sección, el Contralor General de los Estados Unidos preparará y presentará al Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes y al Comité de Relaciones Exteriores del Senado un informe sobre la disponibilidad de las operaciones, los procedimientos y las cuentas en curso del FMI, el Banco Mundial y las demás instituciones financieras internacionales (según su definición) para cancelar la deuda de los países elegibles de bajos ingresos.

(F)Informes Anuales del Presidente- A más tardar el 31 de diciembre de cada año, el Presidente deberá presentar al Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes y al Comité de Relaciones Exteriores del Senado un informe, el cual se pondrá a disposición del público, sobre las actividades emprendidas bajo esta sección, y otros progresos realizados en el cumplimiento de los propósitos de esta sección, para el año fiscal anterior. El informe deberá incluir una lista de los países que han recibido la cancelación de la deuda, una lista de los países cuya solicitud de cancelación de la deuda ha sido denegada y las razones para ello, y una lista de los países cuyas solicitudes de cancelación de la deuda están bajo consideración.

(gramo)Definición de país elegible de bajos ingresos: en esta sección, el término "país elegible de bajos ingresos" significa un país:

(1)que es elegible para financiamiento de la Asociación Internacional de Fomento pero no del Banco Mundial, y no califica para el alivio de la deuda bajo la Iniciativa HIPC Reforzada (tal como se define en la sección 1625(e)(3)) y bajo la Iniciativa de Alivio de la Deuda Multilateral;

(2)que cuente con una ejecución presupuestaria y sistemas de gestión de las finanzas públicas transparentes y eficaces que aseguren que los ahorros del alivio de la deuda se gasten en la reducción de la pobreza;

(3)cuyo gobierno no tiene un nivel excesivo de gastos militares;

(4)cuyo gobierno no ha brindado apoyo para actos de terrorismo internacional, según lo determinado por el Secretario de Estado en virtud de la sección 6(j)(1) de la Ley de Administración de Exportaciones de 1979 (50 USC App. 2405(j)(1)) , o la sección 620A(a) de la Ley de Asistencia Extranjera de 1961 (22 USC 2371(a));

(5)cuyo gobierno está cooperando con los Estados Unidos en asuntos de control internacional de narcóticos;

(6)cuyo gobierno (incluidos sus militares u otras fuerzas de seguridad) no comete un patrón de violaciones graves de los derechos humanos reconocidos internacionalmente (según se define en la sección 116 de la Ley de Asistencia Exterior de 1961 (Ley Pública 87-195));

(7)cuyo gobierno no ha sido identificado en el Informe sobre la Trata de Personas más reciente emitido por el Departamento de Estado por no cumplir plenamente con los estándares mínimos para eliminar la trata de personas y no hacer esfuerzos significativos para hacerlo;

(8)cuyo gobierno ha sido determinado por el Presidente a cooperar con los esfuerzos de los Estados Unidos para detener la inmigración ilegal a los Estados Unidos;

(9)cuyo gobierno ha sido determinado por el Presidente a comprometerse con elecciones libres y justas; y

(10)cuyo gobierno fue elegido por y permite elecciones libres y justas.

SEGUNDO. 4. LIMITACIÓN DE LA CONDICIONALIDAD DEL ALIVIO DE LA DEUDA PARA PAÍSES DE BAJOS INGRESOS ELEGIBLES.

Se modifica el Título XVI de la Ley de Instituciones Financieras Internacionales (22 USC 262p--262p-8) agregando al final lo siguiente:

SEGUNDO. 1627. LIMITACIÓN DE LA CONDICIONALIDAD DEL ALIVIO DE LA DEUDA PARA PAÍSES DE BAJOS INGRESOS ELEGIBLES.

(a)En General- El Secretario del Tesoro iniciará esfuerzos inmediatos dentro del Club de París de Acreedores Oficiales, el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial) y las demás instituciones financieras internacionales (como se define en sección 1701 (c) (2)), para garantizar que la cancelación de la deuda se proporcione a los países elegibles de bajos ingresos (como se define en la sección 1626 (g)) sujeto a todas y solo las siguientes condiciones: Que el gobierno de dicho país- -

(1)tomar medidas para que los beneficios financieros del alivio de la deuda se apliquen a programas para combatir la pobreza (en particular a través de medidas concretas para mejorar la infraestructura económica, los servicios básicos en educación, nutrición y salud, particularmente el tratamiento y la prevención de las principales causas de mortalidad) y para reparar la degradación ambiental.

(2)tomar decisiones políticas a través de procesos transparentes y participativos.

(3)adoptar una estrategia de desarrollo integrada para apoyar la reducción de la pobreza a través del crecimiento económico, que incluya metas de reducción de la pobreza que puedan ser monitoreadas.

(4)implementar procedimientos presupuestarios y de formulación de políticas transparentes, buena gobernanza y medidas anticorrupción efectivas.

(5)ampliar la participación pública y la comprensión popular de los principios y objetivos de la reducción de la pobreza, particularmente a través del crecimiento económico y la buena gobernabilidad.

(6)promover la participación de los ciudadanos y las organizaciones no gubernamentales en las opciones de política económica del gobierno; y

(7)producir un informe anual que revele cómo se utilizaron los ahorros de la cancelación de la deuda y poner el informe a disposición del público y de fácil acceso para todas las partes interesadas, incluidos los grupos de la sociedad civil y los medios de comunicación.

(b)Informes Anuales al Congreso- A más tardar el 31 de diciembre de cada año, el Presidente deberá presentar al Comité de Servicios Financieros de la Cámara de Representantes y al Comité de Relaciones Exteriores del Senado un informe, el cual se pondrá a disposición del público. , sobre las actividades realizadas en virtud de esta sección, y otros progresos realizados en el cumplimiento de los propósitos de esta sección, para el año fiscal anterior.

SEGUNDO. 5. SENTIDO DEL CONGRESO.

Es la opinión del Congreso que para promover los objetivos de reducción de la deuda de los países de bajos ingresos, además de los esfuerzos descritos en esta Ley, Estados Unidos debe pagar los atrasos pendientes a la Asociación Internacional de Fomento y los bancos regionales de desarrollo, y ponerse al día en todos los esfuerzos de reducción de la deuda, incluidos los realizados por la Asociación Internacional de Fomento y en el marco de la Iniciativa mejorada para los países pobres muy endeudados y la Iniciativa para el alivio de la deuda multilateral.

SEGUNDO. 6. SENTIDO DEL CONGRESO.

(a)Hallazgos: un informe del FMI de marzo de 2009 sobre el impacto de la crisis financiera mundial encontró que se espera que la crisis tenga un impacto importante en los países de bajos ingresos, especialmente en el África subsahariana. El informe señaló que durante la última década, las iniciativas de alivio de la deuda han reducido significativamente las grandes deudas externas con las que los países de bajos ingresos a menudo han luchado, y que una menor carga del servicio de la deuda también ha liberado mayores recursos para gastos de desarrollo. El informe también encontró que la crisis financiera mundial ha llevado a niveles más bajos de remesas, menores flujos de ayuda y menores ingresos de la inversión extranjera directa, lo que ha ejercido presión sobre los países de bajos ingresos para que tomen nuevos préstamos. Según el informe, se proyecta que 31 países de bajos ingresos estarán en alto riesgo de sobreendeudamiento en 2009. Los países en riesgo de sobreendeudamiento enfrentan un mayor riesgo de incumplimiento de pago de sus deudas externas, lo que representa un alto riesgo para los consumidores y tenedores de bonos en los Estados Unidos. y en otros lugares

(b)Sentido del Congreso- Es el sentido del Congreso que--

(1)para ayudar a evitar una serie caótica de incumplimientos, tanto los acreedores como los deudores deberían tener la oportunidad de recurrir a un mecanismo internacional para buscar renegociaciones ordenadas de la deuda; y

(2)el Secretario del Tesoro debe apoyar el establecimiento de dicho mecanismo para la resolución ordenada, rápida, predecible y equitativa de disputas de deuda soberana bajo la forma de paneles de arbitraje ad hoc, un tribunal de insolvencia permanente bajo la administración de un organismo especializado de las Naciones Unidas como como la Corte Permanente de Arbitraje, o alternativas similares.

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